Cómo calcular las comisiones de tus empleados en una peluquería

Para calcular las comisiones de tus empleados en una peluquería tienes que decidir tres cosas: sobre qué importe se calculan (lo más claro es la venta sin IVA y ya cobrada), qué porcentaje aplicas a servicios y cuál a producto, y si hay un mínimo de facturación a partir del cual empiezan a contar. Con eso, la cuenta es sencilla: ventas de servicios × % de servicios + ventas de producto × % de producto.

Lo difícil no es la fórmula, sino los casos raros: el bono que se vendió en enero y se consume en marzo, el color que aplicó una y el corte que hizo otra, el descuento a una amiga. Aquí tienes los modelos habituales con ejemplos numéricos y lo que conviene dejar por escrito. Y una advertencia: las comisiones son salario, cotizan y tributan, así que tu gestoría tiene que estar al tanto.

Antes de calcular: decide la base

  • Sin IVA. Calcula sobre la base imponible, no sobre el total del ticket. El IVA no es dinero de la peluquería.
  • Cobrado, no reservado. Solo cuenta lo que se ha cobrado. El Estatuto de los Trabajadores dice que el derecho al salario a comisión nace cuando se realiza y se paga el negocio en el que ha intervenido el trabajador (artículo 29.2).
  • Después de descuentos, salvo que pactes otra cosa. Si haces un 20 % a una clienta, lo normal es comisionar sobre lo que realmente pagó.
  • Servicios y producto por separado. Tienen márgenes muy distintos y conviene tratarlos aparte.

Modelos de comisión con ejemplos

En todos los ejemplos usamos el mismo mes de Laura, estilista: 4.200 € en servicios y 600 € en producto, todo sin IVA y cobrado.

1. Porcentaje fijo desde el primer euro

Un porcentaje para servicios y otro para producto, sin mínimo.

Ejemplo: 10 % sobre servicios y 10 % sobre producto. Laura cobra 420 € + 60 € = 480 € de comisión.

Ventaja: lo entiende todo el mundo. Riesgo: pagas comisión aunque sea un mes flojo y lo que factura esa persona no cubra ni su coste.

2. Comisión a partir de un umbral

La comisión solo se cobra sobre lo que se factura por encima de un mínimo. Lo lógico es fijarlo en función de lo que te cuesta ese puesto de trabajo.

Ejemplo: umbral de 3.000 € y 15 % sobre lo que lo supere. Laura: (4.200 − 3.000) × 15 % = 180 € por servicios. Si añades un 10 % de producto sin umbral, otros 60 €: 240 € en total.

Ventaja: solo pagas comisión cuando el puesto ya es rentable. Riesgo: si el umbral es inalcanzable, la comisión deja de motivar.

3. Tramos escalonados

El porcentaje sube a medida que sube la facturación.

Tramo de servicios (sin IVA)Comisión sobre ese tramo
Hasta 3.000 €0 %
De 3.000 a 4.500 €10 %
Más de 4.500 €15 %

Ejemplo: con 4.200 €, Laura cobra 1.200 × 10 % = 120 €. Si llega a 5.000 €, cobra 1.500 × 10 % + 500 × 15 % = 150 + 75 = 225 €.

Ojo: aplica cada porcentaje solo a su tramo, como en el ejemplo. Si al superar los 4.500 € aplicas el 15 % a toda la facturación, un euro de más puede costarte más de 500 €.

4. Porcentaje distinto según el servicio

Útil cuando los servicios tienen costes de producto muy diferentes. Un color gasta tinte y oxidante; un corte, casi nada.

Ejemplo: 8 % en servicios técnicos (color, mechas, alisados) y 12 % en corte y peinado. Laura facturó 2.500 € en técnicos y 1.700 € en corte y peinado: 200 € + 204 € = 404 €, más lo que corresponda por producto.

5. Comisión sobre el margen del producto

En vez de pagar sobre el precio de venta, pagas sobre lo que ganas con el producto.

Ejemplo: Laura vende 600 € de producto que a ti te costó 330 €. El margen es de 270 €. Con un 25 % sobre margen, cobra 67,50 €. Con un 10 % sobre venta habría cobrado 60 €. Se parece, pero si un mes vende sobre todo producto con poco margen, el sistema sobre margen te protege.

Resumen de los modelos

ModeloCómo se calculaVentajaRiesgo
Fijo% desde el primer euroMuy sencilloPagas aunque el puesto no sea rentable
Umbral% sobre lo que supera un mínimoProtege tu margenDesmotiva si el mínimo es alto
Tramos% creciente por tramosPremia a quien más facturaMás difícil de explicar
Por tipo de servicio% distinto según el servicioRefleja el coste realMás casos que revisar
Sobre margen% del beneficio del productoNo pierdes con producto de poco margenNecesitas saber el coste exacto

Calcula la comisión del mes

La fórmula general: comisión = (ventas de servicios − umbral) × % de servicios + venta de producto × % de producto. Si no trabajas con umbral, ese término es cero. Hazla con importes sin IVA.

Los casos que generan discusiones

  • Bonos. Decide si la comisión se paga al vender el bono o al hacer cada servicio. Una opción equilibrada es comisionar el servicio cuando se presta, con el precio por sesión del bono, y premiar la venta del bono con una pequeña comisión aparte. Más en cómo gestionar bonos y packs de sesiones.
  • Servicios compartidos. Si una aplica el color y otra corta y peina, reparte el ticket por servicio, no a ojo.
  • Repeticiones por queja. Si un color hay que repetirlo gratis, no genera comisión. Déjalo escrito.
  • Devoluciones de producto. Si el cliente devuelve un champú, la comisión se descuenta en el mes de la devolución.
  • Promociones de la casa. Si el descuento lo decide el negocio, quizá no quieras que penalice a la profesional. Decide si comisionas sobre precio de tarifa o sobre lo cobrado.
  • Vacaciones y bajas. Pacta cómo se calculan las comisiones en esos meses. Esto toca la nómina: pregúntalo a tu gestoría.

Comisiones en nómina: cómo cotizan y tributan

Si tus estilistas trabajan por cuenta ajena, la comisión no es un extra informal: es salario. Esto es lo que dice la normativa:

  • Son salario. El artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores considera salario la totalidad de las percepciones económicas por la prestación de los servicios, cualquiera que sea la forma de remuneración. La comisión va en la nómina como un concepto más.
  • Cotizan a la Seguridad Social. La base de cotización la forma la remuneración total que percibe el trabajador (artículo 147 de la Ley General de la Seguridad Social). Si un mes hay más comisión, ese mes sube la cotización.
  • Tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo (artículo 17 de la Ley del IRPF), con la retención que corresponda.
  • Cuándo se pagan. El artículo 29.2 del Estatuto dice que, salvo pacto en contrario, la comisión se liquida y se paga al finalizar el año. Si quieres pagarla cada mes, déjalo pactado por escrito.
  • Convenio colectivo. El convenio estatal de peluquerías, institutos de belleza y gimnasios (BOE de 22 de octubre de 2024, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 y prorrogable) fija el salario base por grupo profesional y define los complementos salariales como cantidades que se suman al salario base. Si te aplica un convenio autonómico o provincial, revisa ese.

Esto es información general. Cómo se reflejan las comisiones en la nómina, la retención aplicable y su encaje con el convenio dependen de cada caso: revísalo con tu gestoría antes de implantar o cambiar un sistema de comisiones.

Si alguien de tu equipo trabaja como autónomo y te factura, lo que cobra no es una comisión en nómina sino el precio de un servicio. Es una relación distinta y también conviene que la revise tu gestoría.

Excel o programa para calcular comisiones

Con dos personas, una hoja de Excel aguanta. El problema llega con los bonos, los servicios compartidos y las devoluciones: alguien tiene que repasar los tickets uno a uno y, a fin de mes, toca discutir.

Si cada servicio y cada venta quedan asignados a quien los hizo en el momento de cobrar, la comisión sale sola. Es lo que hace el software para peluquerías de Gremio Software, con comisiones por servicio y por venta de producto, informes por empleado y caja con cobro rápido. También lo tienes para barberías, con comisiones por barbero, y para centros de estética. Si estás comparando programas, lee antes qué incluyen de verdad los planes gratuitos.

Qué dejar por escrito

  1. Base de cálculo: sin IVA, cobrado, con o sin descuentos.
  2. Porcentajes de servicios y de producto, y el umbral o los tramos si los hay.
  3. Cómo se tratan bonos, servicios compartidos, repeticiones y devoluciones.
  4. Periodo de cálculo (mes natural) y fecha de pago.
  5. Cómo puede comprobar cada profesional lo que ha facturado. El propio Estatuto reconoce al trabajador el derecho a pedir la parte de los libros referida a sus comisiones (artículo 29.2).
  6. Cómo se puede cambiar el sistema y con cuánto aviso.

Este último punto evita muchos conflictos. Además, el sistema de remuneración figura entre las materias que el artículo 41 del Estatuto considera modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, así que antes de tocar los porcentajes habla con tu gestoría.

Preguntas frecuentes

¿Las comisiones se calculan con o sin IVA?

Lo más claro es calcularlas sobre la base sin IVA, porque el IVA no es dinero de la peluquería. Deja por escrito la base de cálculo para evitar discusiones.

¿Qué porcentaje de comisión se paga en una peluquería?

No hay un porcentaje fijado por ley; lo pactas tú con tu equipo respetando el salario del convenio. En los ejemplos del artículo usamos entre un 8 % y un 15 % sobre servicios, pero el porcentaje correcto depende de tus márgenes y de si aplicas umbral o tramos.

¿Las comisiones cotizan a la Seguridad Social?

Sí. Son salario (art. 26 del Estatuto de los Trabajadores) y forman parte de la base de cotización (art. 147 de la Ley General de la Seguridad Social). También tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo. Revisa con tu gestoría cómo reflejarlas en nómina.

¿Cuándo hay que pagar las comisiones?

Según el art. 29.2 del Estatuto de los Trabajadores, salvo pacto en contrario se liquidan al finalizar el año. Si quieres pagarlas cada mes, déjalo pactado por escrito con cada trabajador.

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