Verifactu para autónomos y pymes: qué es, cuándo te toca y cómo cumplir sin líos
Qué exige el reglamento, las fechas vigentes en el BOE y el aplazamiento anunciado a octubre de 2028, explicado para quien factura todos los días. Y cómo lo resuelve Gremio Software en tus facturas y tickets.
Qué es Verifactu (y qué no es)
Verifactu es el nombre con el que se conoce el Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación (RRSIF), aprobado por el Real Decreto 1007/2023 y desarrollado por la Orden HAC/1177/2024. No es un impuesto nuevo ni un programa de Hacienda: son las reglas que debe cumplir el programa con el que haces tus facturas y tus tickets.
Cada vez que emites una factura, el programa genera a la vez un registro de facturación con sus datos básicos, encadenado con el anterior mediante una huella digital (el «hash»). Si alguien borra o cambia una factura ya emitida, la cadena se rompe y se nota. Los errores se corrigen con un registro nuevo: una rectificativa o una anulación.
Fechas a 6 de octubre de 2026: las vigentes en el BOE son el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció un aplazamiento a octubre de 2028, pendiente de publicarse en el BOE. Mientras no se publique, las fechas legales siguen siendo las de 2027.
A quién afecta Verifactu
La Agencia Tributaria lo resume en lo que llama la «regla de los 4 NO». Te afecta si eres empresario o profesional establecido en España, emites facturas (también tickets, que legalmente son facturas simplificadas) y, además:
- NO facturas exclusivamente a mano: usas algún programa, caja registradora o sistema informático para emitirlas.
- NO estás en el SII (Suministro Inmediato de Información), ni por obligación ni de forma voluntaria.
- NO tienes el domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, que aplican sus propias normas (como TicketBAI).
- NO tienes una resolución de la AEAT que te exima de aplicarlo.
Dentro de esas condiciones entran las sociedades que pagan el Impuesto sobre Sociedades, los autónomos en IRPF con actividad económica, las comunidades de bienes y demás entidades en atribución de rentas, y los no residentes con establecimiento permanente (artículo 3 del reglamento). Canarias, Ceuta y Melilla también están dentro.
Quién queda fuera de Verifactu
- Quien lleva los libros registro de IVA a través del SII: entre otras, las empresas con un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 €, las inscritas en el REDEME y los grupos de IVA.
- Quien factura solo a mano, con talonario, o con Word o Excel usados únicamente para escribir, imprimir y guardar facturas. Ojo: si tu Excel usa macros para generar el libro registro, Hacienda lo considera un sistema de facturación.
- Las operaciones por las que no hay obligación de emitir factura, siempre que no la emitas con un programa. Es el caso, con matices, de algunos autónomos en módulos o en recargo de equivalencia.
Calendario de Verifactu: fechas vigentes y aplazamiento anunciado
Verifactu se ha aplazado varias veces. La última modificación publicada es el Real Decreto-ley 15/2025, que el Congreso convalidó en diciembre de 2025. Esto es lo que dice hoy el BOE y lo que ha anunciado Hacienda:
| Quién | Fecha vigente en el BOE | Aplazamiento anunciado (pendiente de BOE) |
|---|---|---|
| Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
| Fabricantes y vendedores de software de facturación | Programas adaptados desde el 29 de julio de 2025 | Sin cambios anunciados |
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa en la que anuncia el aplazamiento de las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria de los empresarios y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros al año. La nota añade que las exigencias de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes.
Traducido: el aplazamiento es una previsión. Hasta que se publique en el BOE, la fecha legal es la de 2027, y la AEAT trata el tiempo que queda como periodo de pruebas. Prepárate como si la fecha fuera 2027 y toma 2028, si llega, como margen.
Modalidades de Verifactu: VERI*FACTU y sistema no verificable
El reglamento admite dos formas de cumplir. Las dos generan registros encadenados con huella y ponen el código QR en la factura. Lo que cambia es dónde quedan guardados los registros y cuántos requisitos técnicos extra tiene que cumplir el programa.
| Aspecto | VERI*FACTU (facturas verificables) | Sistema no verificable |
|---|---|---|
| Envío a la AEAT | Cada registro se envía de forma automática al emitir la factura | No se envía; se conserva en el propio sistema |
| Firma electrónica de los registros | No es obligatoria (basta la huella) | Obligatoria |
| Registro de eventos | No hace falta | Obligatorio |
| Conservación de los registros | Quedan en la AEAT | Respondes de guardarlos durante todo el plazo de prescripción |
| Código QR en la factura | Sí | Sí |
| Frase «VERI*FACTU» | Sí | No |
| Permanencia | Al menos hasta el 31 de diciembre del año en que empiezas a enviar | Puedes pasar a VERI*FACTU cuando quieras |
Según la AEAT, con VERI*FACTU no tienes que custodiar los registros ni entregarlos si te los piden, y tus clientes pueden comprobar con el QR que la factura consta en Hacienda. La opción se entiende hecha al empezar a enviar registros de forma sistemática, sin presentar ningún modelo.
Qué debe llevar la factura con Verifactu
Además de los datos de siempre (número y serie, fecha, NIF, descripción, base, tipo y cuota de IVA), el Reglamento de facturación exige en las facturas emitidas con un sistema informático:
- Código QR tributario en todas las facturas y tickets, en cualquiera de las dos modalidades. Va al principio de la factura, en la primera página, y mide entre 30 × 30 mm y 40 × 40 mm.
- La frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU», solo si el programa envía los registros a la AEAT.
- Si la factura es electrónica estructurada (un XML, no un PDF), la imagen del QR puede sustituirse por su contenido: la dirección web de cotejo.
Los presupuestos, albaranes y notas de entrega no llevan QR. Solo las facturas, completas o simplificadas, en papel o en PDF.
Qué cambia en el día a día de un autónomo o una pyme
Para la mayoría de negocios pequeños, Verifactu no cambia cuánto IVA pagas ni a quién tienes que facturar. Cambia la forma de trabajar con el programa.
Una factura emitida ya no se edita
Si te equivocas, no abres la factura y cambias el importe. Emites una rectificativa que remite a la original, o anulas el registro y emites una nueva con otro número. La factura errónea se queda en la serie con su número.
Ejemplo: emites la factura 2027-0142 por 1.000 € de base y 210 € de IVA, y el precio pactado era 900 €. Antes la habrías editado. Ahora emites la rectificativa R-2027-0009 por −100 € de base y −21 € de IVA (rectificación por diferencias), o una por sustitución con los importes correctos. Las dos facturas quedan en la cadena y cuadran con lo que declaras.
El ticket sale en el momento del cobro
El registro se genera al expedir la factura. Cuando el cliente es un particular, la factura se expide en el momento de la operación. Si cobras y dejas los tickets para el cierre, o los haces a fin de mes, el desfase entre lo cobrado y lo facturado queda a la vista.
Todos los puntos de emisión cuentan
La caja del mostrador, el programa del ordenador y la aplicación del móvil: si cualquiera de ellos emite facturas, tiene que cumplir. Una caja registradora antigua puede quedarse fuera de norma aunque tu programa principal esté adaptado.
Verifactu y factura electrónica B2B: dos obligaciones distintas
Se confunden mucho, y más ahora que Hacienda quiere juntar los calendarios. Son normas diferentes:
| Aspecto | Verifactu | Factura electrónica B2B |
|---|---|---|
| Qué regula | Cómo funciona el programa con el que facturas | El formato y el envío de las facturas entre empresas |
| Normas | Real Decreto 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024 | Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 |
| Qué facturas | Todas: a particulares y a empresas, también los tickets | Solo entre empresarios y profesionales; los tickets quedan fuera salvo que incluyan los datos fiscales del cliente |
| Fecha | 2027 según el BOE; octubre de 2028 anunciado | 6 de octubre de 2027 si facturas más de 8 millones; 6 de octubre de 2028 el resto |
La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día 6, regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT y pone en marcha los plazos del Real Decreto 238/2026: 12 meses para quienes facturan más de 8 millones de euros y 24 meses para el resto.
¿Dónde se tocan? El registro de Verifactu no es una factura electrónica, pero el Real Decreto 238/2026 exige que la factura electrónica la genere un programa adaptado a los requisitos de integridad de la Ley General Tributaria, que son los que desarrolla Verifactu. Por eso Hacienda quiere que lleguen a la vez. Si casi todos tus clientes son particulares (una peluquería, una consulta de fisioterapia), la factura electrónica B2B te afectará poco; si trabajas para empresas (obras, limpieza de oficinas), en casi todas tus facturas.
Sanciones de Verifactu: el artículo 201 bis de la LGT
Las multas están en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, en vigor desde octubre de 2021. Son infracciones graves con multa fija:
- Para quien usa el programa: 50.000 € por cada ejercicio por tener un sistema que no cumple, cuando no está debidamente certificado (en Verifactu, mediante la declaración responsable del fabricante) o cuando se ha alterado o modificado.
- Para quien lo fabrica o lo vende: 150.000 € por cada ejercicio y tipo de programa si permite llevar contabilidades distintas, ocultar ventas o alterar registros, o si no cumple las especificaciones; y 1.000 € por cada programa vendido sin certificar.
La cifra es la misma para un autónomo que para una empresa. Pide a tu proveedor la declaración responsable, que debe constar de forma visible en el propio programa, y no uses herramientas que permitan borrar tickets.
Qué hacer ahora: checklist de Verifactu
- Confirma si te afecta con la regla de los 4 NO y con tu asesor, sobre todo si estás en módulos, en recargo de equivalencia o tienes operaciones exentas de IVA.
- Haz inventario de dónde emites facturas: programa de gestión, caja registradora, TPV, plantillas de Excel con macros, aplicación del móvil.
- Pide la declaración responsable a cada proveedor de software. Si un programa no la tiene ni la va a tener, cámbialo con tiempo.
- Ordena tus series: tickets, facturas completas, rectificativas y, si te sirve, una serie por centro o por actividad.
- Elige la modalidad con tu asesor. Para un negocio pequeño, VERI*FACTU suele ser la más cómoda porque no te obliga a custodiar los registros.
- Cambia el hábito del equipo: nada de borrar tickets ni de retocar facturas. Error equivale a rectificativa.
- Prueba antes de la fecha: aprovecha el periodo de pruebas para emitir con el programa nuevo y comprobar que el QR y las series salen bien.
- Mira a tus clientes empresa: si facturas a otras empresas, apunta octubre de 2027 u octubre de 2028 para la factura electrónica.
- Vigila el BOE: cuando se publique el aplazamiento, ajusta el plan, pero no lo pares.
Verifactu por gremio
Cada oficio tiene sus particularidades. Las explicamos en tres guías:
- Verifactu para peluquerías y centros de estética: tickets, caja, cobros con tarjeta y Bizum, bonos y diferencias entre autónomo y sociedad.
- Verifactu para fisioterapeutas y psicólogos: por qué la exención de IVA de la asistencia sanitaria no te libra de facturar.
- Verifactu para empresas de reformas y constructoras: certificaciones, rectificativas e inversión del sujeto pasivo.
Cómo resuelve Verifactu Gremio Software
Gremio Software es un programa de gestión en la nube para gremios y pequeños negocios. La facturación viene preparada para Verifactu en todos los productos: cada factura y cada ticket generan su registro encadenado con huella, y el código QR sale en la factura. Además:
- Series y facturas rectificativas; un presupuesto aceptado pasa a factura en un clic.
- Control de cobros en efectivo, tarjeta, Bizum o transferencia, con los pendientes a la vista.
- Usuarios por empleado con permisos y exportación a Excel para tu asesor.
- Datos alojados en la UE, copias de seguridad diarias y conexión cifrada.
Cada producto adapta la facturación a tu oficio: caja y cobro rápido en el software para peluquerías y en el de centros de estética; facturación a pacientes y a mutuas en el software para fisioterapeutas; facturas con o sin IVA según el servicio en el software para psicólogos; certificaciones que se facturan directamente en el software de gestión de obras; facturación y cobros por obra en el software para constructoras; facturación recurrente a fin de mes en el software para empresas de limpieza, y recibos y remesas SEPA en el CRM para academias.
Cuesta 6,95 €/mes + IVA, con todas las funciones de tu gremio y sin permanencia. Si quieres ver cómo queda una factura con su QR, solicita una demo gratuita.
Esta página resume la normativa publicada y las notas oficiales a 6 de octubre de 2026. No sustituye al asesoramiento profesional: revisa tu caso con tu asesor antes de tomar decisiones, sobre todo si estás en módulos, tienes operaciones exentas o estás cerca del umbral del SII.
Fuentes oficiales
Revisado el 7 de octubre de 2026.
- BOE — Real Decreto 1007/2023 (Reglamento de sistemas informáticos de facturación)
- BOE — Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas)
- BOE — Real Decreto-ley 15/2025 (plazos de 2027)
- BOE — Convalidación del Real Decreto-ley 15/2025
- Ministerio de Hacienda — Nota informativa de 5 de octubre de 2026 (aplazamiento a octubre de 2028)
- AEAT — Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU
- AEAT — Preguntas frecuentes: ámbitos de aplicación
- AEAT — Preguntas frecuentes: sistemas VERI*FACTU
- AEAT — Preguntas frecuentes: código QR y frase VERI*FACTU
- BOE — Real Decreto 1619/2012 (Reglamento de facturación)
- BOE — Ley 58/2003, General Tributaria (art. 201 bis)
- BOE — Real Decreto 238/2026 (factura electrónica entre empresarios)
- BOE — Orden HAC/1028/2026 (solución pública de facturación electrónica)
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatorio Verifactu?
Según el BOE vigente (Real Decreto-ley 15/2025), el 1 de enero de 2027 para las sociedades del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y resto de obligados. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció un aplazamiento a octubre de 2028, pero está pendiente de publicarse en el BOE. Hasta entonces, las fechas legales son las de 2027.
¿Me afecta Verifactu si hago las facturas en Excel o en Word?
Si solo usas Excel o Word para escribir, imprimir y guardar facturas, la AEAT entiende que no es un sistema informático de facturación. Si la hoja usa macros u otras funciones para generar el libro registro u otros resultados fiscales, sí lo es y tiene que cumplir. Revisa tu caso con tu asesor.
¿Los tickets también tienen que cumplir Verifactu?
Sí. Los tickets son facturas simplificadas: si los emites con un programa o una caja registradora, cada uno genera su registro y debe llevar el código QR. Una factura resumen al final del día no sustituye a los registros de cada ticket.
¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica?
No. Verifactu regula cómo funciona el programa con el que facturas y afecta a todas tus facturas y tickets. La factura electrónica B2B (Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026) obliga a facturar en formato electrónico a otras empresas: desde el 6 de octubre de 2027 si facturas más de 8 millones de euros y desde el 6 de octubre de 2028 el resto.
¿Qué multa hay por no cumplir Verifactu?
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria fija 50.000 € por ejercicio para quien tenga un sistema no certificado o alterado, y 150.000 € por ejercicio y tipo de programa para quien los fabrique o venda. Son infracciones graves con multa fija.
¿Tengo que enviar mis facturas a Hacienda con Verifactu?
Depende de la modalidad. En VERI*FACTU el programa envía a la AEAT un registro con los datos básicos de cada factura, no la factura en sí. En la modalidad no verificable los registros se guardan en tu sistema, firmados, y solo se entregan si Hacienda los pide.
¿Gremio Software está preparado para Verifactu y cuánto cuesta?
Sí: la facturación genera registros encadenados con su huella y pone el código QR en cada factura y ticket. Cuesta 6,95 €/mes + IVA, con todas las funciones de tu gremio y sin permanencia. Puedes solicitar una demo gratuita para verlo con tus datos.
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